Los crímenes no amnistiables cometidos contra pueblos y territorios étnicos en el marco del conflicto armado colombiano hacen parte de las investigaciones que adelanta la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, en el Caso 09. Hasta la fecha se han realizado cinco diligencias dialógicas en el departamento de Chocó. 

Por Fabián Uribe Betancur 
Foto: JEP

Según la JEP, el Caso 09 se abrió con el propósito de responder a las demandas de verdad de las víctimas y sus organizaciones, quienes han resaltado que son múltiples las violencias a las que han sido sometidos los pueblos y territorios étnicos del país. Al respecto, el tribunal señala que han prevalecido el racismo y la discriminación, y los actores armados los han puesto en riesgo de exterminio físico, cultural y espiritual.  

Un antecedente que permitió la apertura del caso ocurrió el 19 de enero de 2019, cuando los pueblos indígenas, en la consulta previa que hace parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), ratificaron el Protocolo para la coordinación, articulación interjurisdiccional y diálogo intercultural entre la Jurisdicción Especial Indígena y la Jurisdicción Especial para la Paz. Fue este un primer paso para cruzar información y denuncias con respecto a las victimizaciones sufridas por los pueblos indígenas. 

Desde el inicio de este caso, que se denomina “Crímenes cometidos contra pueblos y territorios étnicos”, la JEP investiga, juzga y sanciona los hechos cometidos por las extintas FARC-EP, los miembros de la fuerza pública y otros agentes del Estado o terceros civiles contra personas con pertenencia étnica, sujetos colectivos de derechos o contra territorios étnicos. La entidad priorizó el periodo entre 1996 y 2016, pero, dentro del análisis de contexto, incluye también los hechos ocurridos desde 1964. 

Durante el acto de apertura del caso en Bogotá, el 13 de septiembre de 2022, el magistrado Eduardo Cifuentes señaló que la JEP investigará los crímenes individuales y colectivos cometidos contra las comunidades indígenas, población negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, pueblo Rrom y gitano.   

En el mismo evento, que contó con la presencia y armonización de las autoridades étnicas, la magistrada Belkis Izquierdo, de pertenencia indígena arhuaca, resaltó que el desplazamiento forzado fue uno de los hechos violentos que más vulneró a los pueblos étnicos, ya que muchos de sus integrantes debieron salir de sus comunidades, lo que debilitó su conexión sagrada con el territorio ancestral y colectivo.  

“Es claro que la violencia producida por la guerra afectó profundamente a los territorios étnicos y con ellos, las relaciones transgeneracionales incluyendo la capacidad de los integrantes de las comunidades para preservar y transmitir sus saberes tradicionales y sus sistemas de conocimiento propio, sus sistemas de medicina tradicional, sus sistemas alimentarios, sus sistemas de justicia, sus sistemas de educación, entre otros”, dijo la magistrada Izquierdo.  

En Guapi y Timbiquí la JEP avanzó en la construcción de una ruta de articulación interjusticias con autoridades afros e indígenas. Foto por Nicole Acuña., JEP.  

Tras un análisis de la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, SRVR, el tribunal encontró un universo provisional de 1 350 181 víctimas con pertenencia étnica, cuyo hecho victimizante más documentado es el desplazamiento forzado, seguido del homicidio y la desaparición forzada. 

Además, la SRVR identificó que, entre 1964 y 2016, se presentaron 14 261 víctimas de violencia sexual con pertenencia étnica documentada, cuya información está siendo analizada para ser integrada en los patrones criminales de este caso o del caso sobre violencia sexual (Caso 11). 

La SRVR expidió el Auto 105 de 2022, en el que se identificaron, como parte del universo provisional de hechos, la desaparición, los homicidios, los secuestros, el desplazamiento y el reclutamiento. Hechos que serán investigados en este caso. 

Hasta este momento, la SRVR tiene contemplada la priorización de cuatro regiones o subcasos, en los que se han identificado 375 967 víctimas, de las cuales 190 607 se ubican en Buenaventura, Dagua y Pacífico Medio; 89 994, en la Sierra Nevada de Santa Marta y zonas adyacentes; 33 540, en la Amazonía y la Orinoquía; y 61 826, en Chocó en la zona de influencia del Medio Atrato. 

Entre los más recientes avances del Caso 09 se encuentra la realización de cinco diligencias dialógicas subregionales e interculturales y de coordinación interjurisdiccional con los pueblos negros e indígenas del Chocó, en junio de 2023. Estas audiencias permitieron la documentación de los hechos desconocidos por la justicia ordinaria, lo que servirá de insumo para la caracterización de los patrones macrocriminales y la identificación de los comparecientes que serán llamados a versión en el subcaso Chocó. 

Asimismo, el 30 de enero de 2024, la Procuraduría General de la Nación le solicitó a la JEP ordenar medidas cautelares para proteger a las comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras de 18 consejos comunitarios y otras organizaciones sociales de la costa Pacífica, algunas de las cuales participan en el desarrollo del Caso 09. 

Los subcasos Buenaventura, Dagua y Pacífico Medio; Sierra Nevada de Santa Marta y zonas adyacentes, y Amazonía y Orinoquía no evidencian avances hasta el momento.  

Hasta la fecha el Caso 09 se encuentra en fase de investigación. Se espera a dar inicio a los procesos de acreditación de las víctimas y versiones libres de los comparecientes.