Desde el 2017, el Decreto 600 limitó y encareció el proceso mediante el cual las víctimas del conflicto armado piden que se les reconozca el derecho a la pensión de invalidez. Por vías jurídicas y acompañamiento, la Universidad busca la nulidad de esa norma.

Por: Alejandro Puerta Calle- Leonardo Álvarez*
Foto: archivo Policía Nacional

Raúl Alberto Arbeláez tenía 28 años cuando perdió su mano derecha, el cien por ciento de la capacidad auditiva de su oído izquierdo y el cincuenta del derecho. El domingo 27 de febrero del 2005, Raúl caminaba rumbo a su trabajo en una finca de El Carmen de Viboral, en el Oriente antioqueño. Una placa plateada, sembrada en el pasto verde, llamó su atención. Ese día —cuando se convirtió en víctima de una mina antipersonal—, no llegó a trabajar. Y nunca pudo volver a hacerlo como hasta entonces.

Según la Sentencia C-767 de 2014, Raúl, como quienes vieron comprometido un 50 % o más de su capacidad laboral en sucesos relacionados con el conflicto armado colombiano, tienen derecho a una pensión de invalidez subsidiada por el Sistema General de Pensiones. Ese derecho —consagrado en el artículo 10 de la Ley 100 de 1993— garantiza «el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones». La norma incluye las contingencias generadas, directa o indirectamente, por el conflicto armado colombiano.

Acompañamiento universitario

El cumplimiento de la sentencia, sin embargo, no era eficaz. Por ello, en 2015 —ante la situación de vulneración y desventaja material y moral de las víctimas—, el Laboratorio de la Facultad Nacional de Salud Pública —FNSP— y el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, formularon el proyecto «Valoración de la pérdida de capacidad laboral en personas víctimas del conflicto armado». Dicho proyecto —financiado por el Banco Universitario para Programas y Proyectos de Extensión, Buppe—, ha venido acompañando a las víctimas en la búsqueda de su pensión de invalidez. Para ello, hace la evaluación pericial con parámetros profesionales y sin costo.

Hasta el 2017, era posible realizar a través de las empresas prestadoras de servicios de salud —EPS— o en Colpensiones, una evaluación que determinara el porcentaje de pérdida o merma de la capacidad laboral. Si el dictamen definía una pérdida que superara el 50 %, era posible materializar la protección del derecho irrenunciable a la seguridad social de las víctimas en situación de discapacidad y de sus sobrevivientes, resarciéndoles, en parte, la calidad de vida perdida en un conflicto del que no eran responsables.

El panorama cambió con el Decreto 600 de 2017. La pensión de invalidez pasó de ser un derecho a un beneficio intransferible —la familia no puede recibirla tras la muerte del beneficiario—. Además, para acceder a dicha pensión las víctimas deben realizarse la evaluación en las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez, y pagar por ella un salario mínimo —¡el pago de alguien que no puede trabajar! —.

Cuando esa labor aún no era exclusiva de las Juntas regionales, el proyecto universitario respaldaba unos 300 exámenes periciales al año. Ahora, solo 20 personas pueden beneficiarse del acompañamiento de la Alma Máter, según explicó Mónica Lucía Soto Velásquez, profesora del Laboratorio de la FNSP. Por ello, desde la Facultad de Derecho se adelanta actualmente un proceso que busca la nulidad por anticonstitucionalidad del Decreto 600. Los docentes y estudiantes que promueven este reclamo, señalan que la norma representa una violación del principio de progresividad, puesto que es un retroceso en los derechos adquiridos por las víctimas.

Raúl está a la espera de la respuesta a una apelación que interpuso, puesto que el primer dictamen de la Junta regional de calificación de Antioquia no tuvo en cuenta todos los exámenes médicos. De ser aceptada la apelación, deberá pagar nuevamente para acceder a un nuevo dictamen, y esperar que, por ahora, pueda recibir no una pensión, pero sí un beneficio que aliviane su economía y la de su familia.


Desde el 2015, el proyecto universitario ha atendido poco más de 100 víctimas con afectaciones físicas y mentales. Estas secuelas tienen como origen diversos hechos victimizantes del conflicto armado.
73 % son antioqueños.
17 % provienen de Caquetá, Chocó, Risaralda y Valle.
80.6 % son hombres proveedores del hogar.
93 % se encuentran desempleados.
80 % habitan viviendas arrendadas o prestadas.
62 % carecen de los servicios públicos básicos.

*Este texto fue publicado en la edición 687 del periódico Alma Mater, de la Universidad de Antioquia.