Hace 30 años Colombia emprendió la protección legal de los ecosistemas por su valor intrínseco. Pero, aunque la diversidad de la vida y su preservación están consignadas en la Constitución, hay grandes retos para la defensa integral de la vida. ¿Una constituyente es la solución?
Bajo el amparo de la Constitución Política de Colombia de 1886 la iglesia católica fue un poder paralelo al público. Esto cambió, por lo menos en el papel, desde la Carta de 1991, en la que se reconoció como derecho fundamental la libertad de cultos.
Es común hablar de Colombia como una nación pluriétnica y multicultural, pero ¿qué ha pasado con los pueblos indígenas desde la Constitución de 1991, cuando fueron reconocidos por primera vez? El presente análisis comprende dos posturas sobre el asunto y señala algunas brechas entre el texto y la realidad.
A partir de la Constitución de 1991 las mujeres colombianas pasaron de ser consideradas, normativamente, como sujetos de protección a ser reconocidas como titulares y responsables de sus derechos. Este documento, que estableció el derecho al ejercicio equitativo de la ciudadanía, hoy señala los retos en materia de paridad y equidad.
La última edición del del Periódico Alma Mater, de la Universidad de Antioquia, resalta la Constitución Política de 1991 como herramienta para la soberanía de afrodescendientes, los territorios indígenas, los derechos de las mujeres, la libertad de credos y la confirmación de que los ríos y bosques, entre otros recursos naturales, tienen garantías.