Los retos de hacer real la justicia restaurativa

Compareciente realiza trabajo reparador en Nariño como parte de una sanción de justicia restaurativa impuesta por la JEP.

La JEP emitió sus primeras sentencias con sanciones a exmiembros de las FARC-EP y exmilitares, que implican trabajos, obras y actividades con contenido reparador en favor de las víctimas. Para implementarlos, enfrenta retos como la participación de las víctimas, la financiación y la coherencia territorial. 

Por Fabián Uribe Betancur 
Foto de portada: JEP

Siete integrantes del antiguo secretariado de las extintas FARC-EP y doce exmilitares recibieron las primeras sanciones de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en sus siete años de investigaciones, por crímenes cometidos durante el conflicto armado. Estas sanciones propias deberán desarrollarse a través de “trabajos, obras y actividades con contenido reparador o restaurador”, conocidas como TOAR, en favor de las víctimas. Su implementación enfrenta varios retos, como la construcción de estos proyectos, la participación de las víctimas en su propuesta y ejecución, la financiación y la sostenibilidad en el tiempo. 

Roberto Carlos Vidal López, magistrado de la Sección de Primera Instancia en Casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal Especial para la Paz de la JEP, explica que el modelo de justicia restaurativa se enfoca en reparar los daños sufridos por las víctimas durante el conflicto armado, que el trabajo de la jurisdicción propone: “No desembocar en gente encarcelada o simplemente castigada, sino que debe desembocar en un gran encuentro que nos permita a todos caminar hacia el difícil camino de sanar”, dice. 

En las primeras sentencias emitidas, los comparecientes —la forma en que se nombra a quienes fueron los victimarios— reconocieron su responsabilidad y aportaron información veraz en esos dos casos investigados por la JEP: el caso 01 aborda la toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y otros crímenes cometidos por las FARC-EP; mientras que el caso 03 se centra en los asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado. 

Según el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli Arteaga, los máximos responsables recibieron sanciones propias que combinan la limitación de ciertos derechos y libertades, tales como la libertad de residencia y de movimiento, con la obligación de participar en trabajos, obras y actividades reparadoras en favor de las víctimas.  

Ramelli detalla que la justicia restaurativa cuenta con dos elementos: el primero, los proyectos TOAR, que corresponden al componente restaurativo; y el segundo, la restricción de derechos, que implica que deberán desarrollarse en zonas específicas. “Por ejemplo, en el caso de las FARC, ya se mencionan algunas zonas: se habla del cementerio de Palmira, del cementerio de Neiva y del corredor ambiental Chingaza”, comenta.  

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La JEP impartió a estos comparecientes de las FARC-EP y de las fuerzas militares las máximas penas, que pueden durar entre cinco y ocho años, y buscan generar un impacto positivo directo en las comunidades afectadas, lo que representa la máxima sanción que este tribunal puede imponer. El magistrado Vidal señala que la JEP trabaja para garantizar una reparación efectiva a las víctimas; sin embargo, reconoce que en algunos hechos victimizantes el daño causado es irreparable. “Todo lo que hagamos dejará muchas cosas sin reparar, pero aquello que sí podamos reparar debe ser realmente importante y contribuir tanto a las víctimas como a la sociedad”, afirma.  

Según Luis Alfonso Castillo Rodríguez, abogado e integrante de la Corporación Jurídica Libertad (CJL), la implementación de los TOAR enfrenta varios retos, entre ellos: la participación de las víctimas en su formulación, la falta de recursos económicos para la ejecución y el sostenimiento de los comparecientes, la ausencia de garantías judiciales para los TOAR anticipados en caso de que no haya aporte de verdad, y la necesidad de coherencia entre los hechos victimizantes y el territorio. 

Estos retos se hicieron evidentes después del 2 de abril de 2024, cuando la JEP lanzó el Sistema Restaurativo con cuatro proyectos pilotos TOAR: “Horizontes seguros” en Antioquia; “Armonizándonos” en Nariño; “Abriendo caminos hacia la reconciliación y la paz en los territorios” en Antioquia, y “Siembras de vida” en Bogotá, este último criticado por las víctimas por no guardar relación entre los hechos victimizante y el territorio de ejecución, y porque no fueron invitadas ni consultadas para su construcción o para su socialización. 

Ana María Rodríguez Valencia, abogada y directora de la Comisión Colombiana de Juristas (Coljuristas), explica que el Sistema Restaurativo es una instancia dentro de la JEP encargada de garantizar que los comparecientes reparen el daño causado a las víctimas y al territorio. 

Persona trabaja en desminado en Antioquia dentro de la justicia restaurativa.
El proyecto «Horizontes Seguros» se desarrolló en los municipios de Dabeiba, Frontino, Murindó y Mutatá (Antioquia) con la participación de 18 exintegrantes de las antiguas Farc-EP y de la Fuerza Pública. Los comparecientes ante la JEP realizaron labores de prevención y educación en riesgo de minas, con el propósito de contribuir a la reparación del daño causado a las víctimas, las comunidades y el territorio. Foto: JEP.

Agrega que este sistema articula diferentes entidades del Estado para materializar los proyectos TOAR, es decir, “para poder tratar temas presupuestales, de ejecución y de seguimiento. Desafortunadamente, este sistema se creó sin la opinión ni la participación de las víctimas. Ellas fueron informadas de su existencia cuando el sistema ya estaba en funcionamiento”, lamenta Rodríguez. 

De acuerdo con los documentos de la jurisdicción, el Sistema Restaurativo cuenta con siete líneas de trabajo: acción integral contra minas antipersonal; medio ambiente y territorio; infraestructura rural y urbana; conservación de la memoria y reparación simbólica; atención a daños diferenciales y macrovictimización; educación y capacitación, y búsqueda de personas desaparecidas. 

La directora de Coljuristas cuenta que la JEP ha intentado socializar y dar a conocer el sistema y su funcionamiento a las víctimas, así como las medidas concretas que lo integran. Sin embargo, la falta de participación de ellas en el diseño ha tenido consecuencias: “Aunque su estructura responde a las capacidades reales del Estado para implementar las medidas, no necesariamente coincide con la visión que las víctimas tenían sobre cómo debería funcionar ni sobre las principales líneas de reparación”, explica Rodríguez. 

El proyecto restaurativo piloto “Siembras de vida” fue ideado por comparecientes de las FARC-EP que estuvieron asentados en el corredor Chingaza-Sumapaz, en la localidad de Usme, borde de Bogotá. Su objetivo fue restaurar 15 hectáreas de terreno degradado mediante jornadas de siembra en tres predios ubicados en las inmediaciones de la represa de Chisacá. 

En este proyecto, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP incluyó a 12 responsables vinculados al Caso 03, de los subcasos de Norte de Santander, Costa Caribe, Antioquia y Casanare, y a 34 partícipes no determinantes, a quienes la sala les otorgaría amnistías. “La inclusión de comparecientes de otras regiones significó que el proyecto no tenía relación con el daño causado en el territorio específico de Chingaza ni con los hechos victimizantes allí ocurridos”, dice el abogado Castillo, miembro de la CJL. 

Por su parte, David Montaño, abogado e integrante de Humanidad Vigente Corporación Jurídica, coincide en que el proyecto no tuvo en cuenta a las víctimas, ni se realizó un análisis de perfil, “tampoco se identificó quiénes fueron las víctimas directas ni cómo se vieron afectadas las indirectas, tanto en el ámbito mental y psicológico como en el físico”, afirma.  

Excombatientes trabajan con la comunidad Awá para levantar un camino de valor cultural.
«Armonizándonos» se llevó a cabo con la comunidad del Pueblo Indígena Awá, en el sur de Nariño, donde 13 excombatientes del Acuerdo de Paz colaboraron en la construcción de un camino que conecta con la Casa de la Sabiduría Marcos Paí, espacio clave para la preservación física y cultural de los Awá. Foto: JEP.

También señala que no se analizó cuáles derechos fueron vulnerados en cada caso ni cómo los hechos impactaron los territorios de las víctimas. “Entonces, si no se tienen en cuenta ninguno de estos factores, no puedes decir que estás restaurando a la víctima, porque no la tuviste en cuenta desde ninguno de esos ámbitos”, agrega Montaño. 

Las organizaciones de víctimas y sus abogados representantes en el caso 03 apelaron la decisión de implementar este proyecto piloto ante la SDSJ, porque identificaron cuatro problemas en él: primero, no estaba claro si se cumplía como sanción anticipada o si estaban dentro del régimen de condicionalidad; segundo, el proyecto no se relacionaba con el daño causado ni con el lugar donde ocurrieron los hechos; tercero, se aplicó incorrectamente el tiempo de permanencia en los TOAR; y cuarto, las víctimas no participaron en la creación del proyecto ni en la vinculación de los comparecientes. 

En respuesta a ello, la Sección de Apelación del Tribunal para la Paz de la JEP emitió, el 24 de abril de 2025, la sentencia interpretativa TP-SA SENIT 8 de 2025 para dar claridades sobre cómo deben construirse y ejecutarse los TOAR. 

Según Daniela Rodríguez, abogada de la Asociación Minga, esta sentencia da claridades sobre las obligaciones del Estado y los comparecientes en materia de reparación, así como explica las competencias de la SDSJ de la JEP para evaluar y graduar el compromiso con el cumplimiento del régimen de condicionalidad. Además, refuerza la idea de que las víctimas son el centro del proceso y por eso es necesaria su participación en los proyectos restaurativos. “La sentencia también señala que el daño no es exclusivo de las víctimas individuales, sino que afecta también a la sociedad”, amplía. 

Por su parte, Ana María Rodríguez Valencia, directora de Coljuristas, señala que la sentencia también aclara quiénes pueden o no acceder a los proyectos TOAR para cumplir su sanción y cómo se define su duración. “Los máximos responsables, que son quienes pasan al Tribunal y reciben sentencia, son los que deben cumplir los TOAR a tiempo completo, por así decirlo. En cambio, quienes no sean considerados máximos responsables y cuyos casos pasen a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas pueden ser evaluados por esta sala cuando su nivel de responsabilidad sea alto, para determinar la forma en que deben realizar acciones de reparación”, explica. 

La abogada de la Asociación Minga comenta que, si bien la sentencia se centra en miembros de la Fuerza Pública en el caso 03, brinda criterios que pueden aplicarse a casos similares. “A través de esta sentencia, se fijan criterios más amplios para las medidas restaurativas”, afirma Daniela Rodríguez.  

Por otra parte, Leo Ricardo García Sierra, secretario técnico del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice) – capítulo Eje Cafetero, expresa que el proyecto piloto “Siembras de vida” y la sentencia recogen varias experiencias sobre el proceso restaurativo: “Las organizaciones sociales tenían mucha razón al enfatizar que esta acción no podía catalogarse como un TOAR, ya que carecía de su componente esencial: el carácter restaurativo”, enfatiza y agrega que, según los lineamientos del Sistema Restaurativo de la JEP, para que un proyecto pueda considerarse un TOAR debe cumplir con tres componentes: “sostenibilidad, factibilidad y, finalmente, la generación de un impacto restaurativo”, dice el líder social e integrante del Movice. 

Ana María Rodríguez Valencia, directora de Coljuristas, explica que los TOAR deben ser trabajos que los comparecientes puedan ejecutar, pero que además cumplan con la condición de reparar a las víctimas de forma efectiva y guardar relación con el territorio. “La medida puede ser propuesta por los comparecientes, pero debe contar con el respaldo de las víctimas; igualmente, si la proponen las víctimas, debe haber acuerdo de los comparecientes. En todo caso, tiene que existir una construcción conjunta para que la medida cumpla efectivamente su objetivo”, aclara. 

Por su parte, Alejandro Ramelli, presidente de la JEP, informa que lo ideal es que los TOAR se desarrollen en el lugar donde se cometieron los delitos, aunque esto no siempre es posible debido a diversas circunstancias, como “motivos de seguridad o por temas presupuestales”, afirma.  

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Luis Alfonso Castillo, abogado de la CJL, comenta que algunas propuestas presentadas por los comparecientes ante la JEP y que han sido compartidas con las víctimas no tienen en cuenta sus observaciones; y que diversas iniciativas de las víctimas no han sido aceptadas como TOAR, por no cumplir los requisitos y formalidades que exige la JEP.  

Abriendo Caminos hacia la Reconciliación es un proyecto de mitigación de riesgos por minas en San Cristóbal, Apartadó.
«Abriendo Caminos hacia la Reconciliación y la Paz en los Territorios» es un proyecto restaurativo de mitigación de riesgos por artefactos explosivos, realizado entre diciembre de 2024 y julio de 2025 en 13 veredas de San Cristóbal, Apartadó, Antioquia. Foto: JEP.

Agrega el defensor que la elaboración de las propuestas y la gestión de los proyectos restaurativos no debe recaer en las víctimas, ya que muchas carecen de la asesoría o de las herramientas necesarias para desarrollarlas, lo que puede convertir el proceso en una revictimización. “Esa responsabilidad debería recaer en los comparecientes o, incluso, en el Gobierno nacional, que tiene la obligación de garantizar las condiciones materiales para su desarrollo”, insiste Castillo. 

Por su parte, el magistrado Vidal, del Tribunal Especial para la Paz, detalla que la JEP cuenta con una mesa de participación nacional de víctimas, que funciona desde Bogotá y realiza conexiones virtuales. Este proceso ha dejado varias experiencias y aprendizajes, y ha evidenciado la necesidad de fomentar la participación también en los municipios, territorios y comunidades. “En la mesa no solo están las víctimas, sino también los comparecientes, las comunidades, las autoridades municipales y las organizaciones locales. Esto ha hecho que el proceso se extienda, pero al mismo tiempo ha permitido que los proyectos avancen”, sostiene. 

Con respecto a la implementación de los proyectos TOAR, los líderes de organizaciones jurídicas y de acompañamiento a víctimas refieren varios desafíos. Para la directora de Coljuristas, estos son definir dónde se desarrollarán los proyectos, de dónde saldrán los recursos para garantizar su ejecución, qué entidad del Estado hará el seguimiento para verificar su cumplimiento y quién se encargará de llevarlos a cabo.  

Asimismo, Rodríguez Valencia menciona el límite de la función de la JEP, que diseña y ayuda en la formulación de la sanción, la impone y se asegura de que los comparecientes la cumplan, pero “no maneja recursos, programas del Estado ni políticas públicas, por lo que debe articularse con el Gobierno nacional para que la mayoría de estos TOAR puedan materializarse”. 

Frente a esa articulación surgen otras dificultades: “No todas las entidades del Gobierno tienen prevista la realización de estos TOAR; en muchos casos no han asignado recursos, no están familiarizadas con las tareas a su cargo, o no está claro cuántos comparecientes pueden participar ni cuántas víctimas podrían beneficiarse de las medidas”, sostiene. 

Un caso particular lo expone Jacqueline Castillo Peña, líder social y representante de Madres de Falsos Positivos de Colombia (Mafapo). Según ella, los comparecientes vinculados al caso 03 han presentado ante la JEP diversos proyectos restaurativos, como la elaboración de murales, la realización de documentales o el impartir charlas sobre temas relacionados con los derechos humanos, ante lo que se pregunta: “¿Con qué idoneidad van a impartir cátedras de derechos humanos?”. 

La representante de Mafapo afirma que las víctimas no se sienten reparadas ni representadas en este tipo de proyectos y hace un llamado a la JEP para que analice cada una de las propuestas con rigor, de manera que los futuros TOAR que se desarrollen en el país cuenten con un contenido reparador, con conexión territorial y que representen adecuadamente a las víctimas. “Que sea algo que realmente tenga peso y que perdure en el tiempo, dejando un legado para la sociedad y el pueblo”, puntualiza.